Mediante un comunicado de prensa difundido en su sitio web, la Comisión Europea anunció que impulsa «medidas decisivas para luchar contra la corrupción en la UE y en todo el mundo«, siendo las más destacadas la proposición de una nueva Directiva sobre la lucha contra la corrupción y la adopción de un régimen específico de sanciones para combatir actos graves de corrupción mundial.
Nuevo marco legal europeo: Directiva sobre la lucha contra la corrupción
La Comisión presentó su propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la lucha contra la corrupción mediante el Derecho penal, que supondría una reforma integral del marco legal europeo sobre corrupción.
La Directiva reemplazaría la Decisión Marco 2003/568/JAI del Consejo, de 22 de julio de 2003, relativa a la lucha contra la corrupción en el sector privado y el «Convenio relativo a la lucha contra los actos de corrupción en los que estén implicados funcionarios de las Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la Unión Europea».
Se pretende unificar la regulación de la corrupción pública y privada en un mismo cuerpo normativo.
De igual modo, se modificaría la Directiva (UE) 2017/1371 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 5 de julio de 2017, sobre la lucha contra el fraude que afecta a los intereses financieros de la Unión a través del Derecho penal.
Creación de un «derecho penal europeo anticorrupción»
Entre los aspectos más destacados de la Directiva surge la creación de un «derecho penal europeo anticorrupción» al que deberán adecuarse las legislaciones de todos los Estados miembros.
La incidencia de la Directiva en el derecho penal nacional es profunda y se da mediante la armonización de tipos penales de corrupción, la unificación de las sanciones penales mínimas, la creación de circunstancias atenuantes y agravantes, y el establecimiento de plazos de prescripción comunes que garanticen un tiempo suficiente para el enjuiciamiento de casos de corrupción, entre otros.
En particular, se pretende un marco común para los delitos de malversación de caudales públicos, administración desleal, cohecho público y privado, prevaricación, obstrucción de la justicia, tráfico de influencias y enriquecimiento ilícito.
Por otro lado, resalta la obligación que impone la Directiva de que los Estados miembros adopten un régimen de responsabilidad penal de las personas jurídicas para todos esos delitos, en paralelo al de las personas físicas, con sanciones que pueden llegar hasta la disolución de la persona jurídica.
Protección de los denunciantes, regulación del cabildeo y otras medidas preventivas
Otras medidas que implementa la propuesta de Directiva sobre la lucha contra la corrupción en la Unión Europea es la aplicación de la Directiva «whistleblower» (recientemente transpuesta al derecho español mediante la Ley 2/2023) a todos los denunciantes de los delitos incluidos en el listado de armonización.
A su vez, la Directiva insta a los Estados miembros a que garanticen la existencia de herramientas claves en la prevención de la corrupción, incluidas normas eficaces para la divulgación y gestión de conflictos de intereses en el sector público, para la divulgación y verificación de activos de funcionarios públicos y para la interacción entre el sector privado y el público, es decir, el famoso «lobby» o cabildeo.
La Directiva propuesta sobre la lucha contra la corrupción deberá ser negociada y adoptada por el Parlamento Europeo y el Consejo antes de que pueda convertirse en ley de la Unión Europea.
Política exterior común en materia de corrupción: un nuevo régimen de sanciones
En materia de política exterior, el Alto Representante -con el respaldo de la Comisión Europea- presentó una propuesta para un nuevo régimen de sanciones que permita a la UE «atacar los actos graves de corrupción en todo el mundo, sin importar dónde ocurran«.
Este nuevo paquete de sanciones anticorrupción se dirige contra todos los perpetradores de actos de corrupción en cualquier lugar del mundo que afecten gravemente o puedan afectar a los objetivos de la Política Exterior y de Seguridad Común de la Unión Europea.
Las sanciones abarcarían desde la prohibición de entrada a la Unión Europea, o la congelación de activos, hasta la prohibición de disponer de fondos de la Unión.
No obstante, el Alto Representante, Josep Borrell, indicó que «corresponde a los Estados miembros en el Consejo decidir sobre la adopción de este régimen y luego sobre cómo utilizarlo«.
Red de la Unión Europea contra la corrupción
Por último, en una declaración conjunta, la Comisión y el Alto Representante comunicaron la creación de una «Red de la Unión Europea contra la corrupción», que incluirá a diversos actores públicos y privados, cuyos principales objetivos son ayudar a la Comisión a mapear áreas comunes donde los riesgos de corrupción son altos en toda la Unión Europea y colaborar en el diseño de una estrategia anticorrupción europea.