Se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Directiva (UE) 2023/970, de 10 de mayo, por la que se refuerza la aplicación del principio de igualdad de retribución entre hombres y mujeres. La norma, cuyo plazo máximo de transposición es el 7 de junio de 2026, establece numerosas medidas en materia de igualdad y transparencia retributiva, así como mecanismos para asegurar su cumplimiento.
La Directiva aplica tanto a empleados públicos como privados que se encuentren bajo una relación de laboral. Inclusive, algunas de sus disposiciones rigen también para los solicitantes de empleo.
Nuevas obligaciones para las empresas europeas
A partir de su entrada en vigencia las empresas deberán respetar la transparencia distributiva previa al empleo, por lo que los solicitantes tendrán derecho a obtener información sobre la retribución inicial o la banda retributiva inicial y las publicaciones de empleo deberán ser realizadas en lenguaje neutro. Por otra parte, los procesos de contratación no deberán discriminar según el género del solicitante del puesto.
Las empresas con 100 o más personas trabajadoras deben presentar periódicamente información sobre la retribución, ya sea a través de la web o poniéndola a disposición del público de otra manera. Además, tendrán la obligación de realizar una evaluación retributiva conjunta con los representantes de los trabajadores, justificando las diferencias salariales superiores al 5%.
Vías para hacer efectivo el principio de igualdad retributiva
La Directiva contiene numerosas medidas para hacer efectivo el principio de igualdad retributiva, hacer cesar los incumplimientos e indemnizar los perjuicios ocasionados.
Destaca la obligación de los Estados Miembros de asegurar que todos los trabajadores que se consideren perjudicados por la no aplicación del principio de igualdad de retribución tengan a su alcance procedimientos judiciales efectivos para hacer valer sus derechos. La posibilidad de accionar judicialmente también deberá encontrarse prevista para las asociaciones, organizaciones, organismos de fomento de la igualdad y los representantes de los trabajadores.
Además, deberá reconocerse el derecho a ser indemnizado por los perjuicios derivados del incumplimiento del principio de igualdad retributiva, sin ningún tipo de tope previo.
Por último, los Estados deben establecer un régimen de sanciones efectivas, proporcionadas y disuasorias, aplicables a la infracción de los derechos y obligaciones relativos al principio de igualdad de retribución.
Estado de situación de la igualdad retributiva en la Unión Europea
Sin perjuicio de los grandes avances logrados en los últimos años, la brecha retributiva de género se situó en el 13% en el 2020, con grandes diferencias entre los Estados miembros. Es decir que en promedio las mujeres en la UE ganan un 13% menos que los hombres por el mismo trabajo.
Así, según datos de Eurostat, en 2021 las mujeres que trabajaron a tiempo parcial en España recibieron en promedio un 22% menos -la brecha más alta de la UE- de retribución que los hombres por el mismo trabajo. La diferencia se reduce sensiblemente para el caso de las personas trabajadoras a tiempo completo. Igualmente, las diferencias salariales en España son mayores en el sector privado (13.4%) que en el sector público (8.4%). Por otra parte, a nivel europeo las brechas salariales más grandes se encuentran en la industria financiera y las aseguradoras.